Declaración de herederos

Declaración de herederos

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Cuando un familiar fallece sus bienes muebles e inmuebles pasarán a ser de los herederos, ya sea según indique el testamento si lo hay o según indique el ordenamiento jurídico.

Estos bienes pasarán a ser de los herederos forzosos o legales, o de los demás herederos, según esta clasificación se seguirá un determinado procedimiento.

Los herederos forzosos o legales son los que la ley ha designado como herederos tras una muerte porque el fallecido no dejó testamento. El orden que suele seguirse es primero los descendientes, luego los ascendientes y en tercer lugar el cónyuge viudo.

Para ser heredero hay que obtener una declaración de la condición de heredero ab intestato, para ello hay que ir a un notario y comprobar una serie de pruebas y documentos. Entre todo lo que hay que presentar se encuentra el DNI de la persona fallecida, el certificado de defunción, el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, el libro de familia y dos testigos que conozcan a la familia pero que no sean parientes.

En cuanto al resto de los herederos que son los parientes hasta el cuarto grado en línea colateral tendrán que obtener la declaración de herederos ab intestato a través de una decisión judicial, demostrando siempre y justificando el parentesco con la persona fallecida. Asimismo deberán adjuntar el certificado de defunción así como el certificado de últimas voluntades.

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